Derecho digital – José María Baños

José María Baños es el socio fundador de Letslaw, un despacho de abogados especializado en el derecho digital. Atienden todo tipo de dudas y problemas legales relacionados con las nuevas tecnologías e Internet desde 2012, cuando apenas había despachos que tratasen estos temas. Como pionero en este sector, José María nos explica los conceptos básicos sobre derecho digital que más preocupan al usuario medio.

Hablamos con José María sobre las peculiaridades de esta rama del derecho, su opinión sobre el cumplimiento de la ley por parte de los negocios online y cómo les ha afectado la nueva ley de protección datos. También nos explica cómo adaptar nuestra web al RGPD y cómo proteger nuestra propiedad intelectual en internet.

¿Cuándo y cómo decidís crear Letslaw?

Cuando creamos Letslaw, en 2012, no había muchos despachos especializados en derecho digital que ofreciesen un servicio de calidad, comprometido y eficaz que fuese cercano al cliente.

Nos encontrábamos ante un nicho de mercado y había que aprovechar la oportunidad y dar respuesta adecuada tanto a grandes cuentas como a start-ups.

 

¿Por qué decidisteis especializaros en las nuevas tecnologías e internet?

Las nuevas tecnologías e Internet han dado lugar a una nueva disciplina en el ámbito legal, creando una nueva realidad conceptual y jurídica que se está convirtiendo en una materia transversal, ya que todas las ramas del derecho se encuentran en la actualidad afectadas de alguna u otra manera por las nuevas tecnologías.

Del mismo modo, surgen nuevos problemas y conflictos que requieren una respuesta inmediata.

En el mundo digital todo evoluciona a una velocidad superior lo que hace necesario, no solo contar con un perfil multidisciplinar sino tener que estar disponible a adaptarte a este nuevo entorno y herramientas, aprender rápido y tener un perfil profesional abierto a los más variados retos jurídicos y tecnológicos a los que nos enfrentamos en materia de nuevas tecnologías e internet.

 

«El compromiso con el cliente y su satisfacción, la calidad del trabajo y los buenos resultados son tu mejor carta de presentación.»
José María Baños

Socio Fundador, Letslaw

¿Qué peculiaridades tiene el derecho digital?

Aunque la gente piense que el entorno digital no está regulado, esto no es así. Son muchos los derechos que se pueden vulnerar y que deben protegerse y muchas las problemáticas jurídicas que se pueden plantear y que hay que resolver.

Las esferas que, directa o indirectamente, se ven afectadas por este derecho son muy variadas como pueden ser la privacidad, la propiedad intelectual o la seguridad, entre otras. Nos encontramos frente a un derecho que tiene alcance mundial puesto que el mundo digital no tiene fronteras lo que desemboca en una globalización legal.

Es una rama del derecho en continua evolución, lo que hace que sea esencial mantenerse actualizado ya que nos enfrentamos a nuevas problemáticas jurídicas relacionadas con Inteligencia Artificial, con el Big Data, el Blockchain o con cómo regular la actividad económica de los influencers.

 

En general, ¿consideras que la mayoría de los negocios digitales se ajustan a la legislación vigente?

Hay mucho desconocimiento general sobre la legislación vigente aplicable a los negocios digitales. Aunque cada día van tomando más conciencia de la importancia de estar bien asesorado y contar con el respaldo de un buen equipo de abogados, todavía hay mucha labor de concienciación y formación que realizar.

“Siempre da más de lo que esperan de ti”
Larry Page

Cofundador, Google

¿Cómo ha afectado la nueva ley de protección de datos a las empresas tecnológicas?

La nueva legislación ha cambiado la manera en la que las entidades recogen, procesan y tratan toda la información que reciben y permite que todas las ellas, en el territorio europeo, “jueguen” con las mismas reglas, otorgando más garantías a los ciudadanos.

Aunque ahora mismo suponga un reto enorme adaptarse a la nueva regulación y se requiera el cumplimiento estricto del RGPD (bajo amenaza de severas sanciones), a la larga ofrecerá enormes beneficios puesto que fomentará la innovación y aumentará la confianza de los clientes y la reputación con lo que verán aumentados sus ingresos.

 

Del mismo modo, ¿cómo crees que ha afectado la transformación digital a las empresas?

Es una transformación que afecta a todos los departamentos de una empresa y a todos los niveles, pero por el que se mejora la estrategia, los procesos de trabajo y las capacidades de organización.

Es vital para las empresas llevar a cabo este proceso de transformación de manera adecuada a sus necesidades y características, pero es una transformación necesaria ya que adaptará la empresa al comportamiento y hábitos de consumo de la sociedad actual, lo que implica anticiparse a las necesidades del cliente y dar respuesta inmediata a sus exigencias.

 

¿Qué recomendaciones le darías a nivel legislativo a una empresa que quiera empezar a establecerse online?

Es muy importante que cualquier empresa que comience a operar en el entorno digital cuente con una correcta adecuación e implementación de sus políticas de privacidad, aviso legal y política de cookies al nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Del mismo, les será aplicable la Ley de Servicios de Sociedad de la Información (LSSI) que regula las actividades comerciales en internet imponiendo tanto a proveedores de servicios de intermediación como a empresas que ofrecen sus productos y servicios a través de internet, las reglas necesarias para que el uso y disfrute de internet y la actividad económica que en el se desarrolla sea segura para los internautas.

La protección de la privacidad se ha convertido en un asunto de vital importancia para las empresas, no solo por las importantes sanciones que su incumplimiento conlleva, sino porque una buena política de privacidad supone una mayor confianza de los clientes y una mayor protección y seguridad para ellos.

Una empresa que tenga presencia en la red no solamente se verá afectada por la legislación electrónica propiamente dicha, sino que, y dependiendo de la actividad comercial que realice, tendrá también las mismas obligaciones que las exigidas en el entorno físico.

De este modo, y dependiendo del carácter específico de la actividad comercial a la que se dediquen, deberán cumplir con las obligaciones establecidas en Ley de Propiedad Intelectual o la Ley General de Publicidad o, por ejemplo, la legislación de regulación del juego.

¿Qué modificaciones tenemos que introducir en nuestro dominio para ajustarnos al RGPD?

La nueva normativa ha supuesto la necesidad de adaptar los textos legales de los sitios webs a sus exigencias en materia de protección de datos.

En resumidas cuentas, en el sitio web de una empresa deberá incluirse un aviso legal que haga referencia a todos los datos identificativos de la empresa, así como del titular del sitio web. Una Política de privacidad y de protección de datos que regule las finalidades del tratamiento de manera individualizada, la necesidad de consentimiento de los usuarios para tratar determinados datos personales o el ejercicio de los derechos de los usuarios respecto a sus datos.

Por otro lado, resulta indispensable establecer un aviso y una política de cookies para recabar el consentimiento informado de los usuarios y ofrecerles la posibilidad de desactivar aquellas cookies que no sean obligatorias.

Además, en caso de que los usuarios pudiesen solicitar sus servicios a través del sitio web sería necesario incluir los términos y condiciones del sitio web.

 

En Letslaw también atendéis a denuncias relacionadas con la propiedad intelectual. ¿Están los derechos de autor más desprotegidos en el entorno online?

La era digital sin duda ha supuesto un gran cambio en el modo de crear, producir y compartir los contenidos sujetos a derechos de autor, ofreciendo tanto grandes ventajas como inconvenientes.

La facilidad con la que se puede copiar o difundir la información en internet supone, en muchas ocasiones, la pérdida de control sobre la misma por parte de los creadores o titulares de derechos.

Existe todavía desconocimiento en materia de propiedad intelectual por parte de los usuarios que, a menudo, utilizan y comparten contenido protegido por derechos de autor sin ser conscientes de la ilicitud de sus acciones y aunque esto no suponga una mayor desprotección para los derechos de autor todavía nos queda mucho por avanzar en este sentido.

 

¿Cómo podemos proteger nuestras creaciones en internet?

Los derechos de autor nacen por la mera creación de una obra sin necesidad de llevar a cabo ningún tipo de formalismo. Sin embargo, resulta recomendable su inscripción en el Registro de Propiedad Intelectual para preconstituir pruebas frente a terceros en un supuesto de un plagio de contenidos.

La legislación de Propiedad Intelectual ofrece también la posibilidad de incorporar medidas tecnológicas de protección que se refieren a cualquier técnica, dispositivo o componente que, en su funcionamiento normal, permita al titular de derechos impedir o restringir determinados usos de la obra, y en general aquellos actos que no cuenten con autorización del titular.

 

¿Qué consejos le darías a un autor que busca promocionar sus obras en redes sociales?

Del mismo modo que ocurre en cualquier empresa, la promoción de las obras a través de redes sociales debe contar con una buena estrategia que incluya un plan de marketing digital, presupuestal y de organización y comunicación.

Un buen modo para dar a conocer inicialmente una obra, el autor puede emplear las licencias creative commons pudiendo elegir las condiciones de acceso, uso y protección de su obra.